Consideraciones para la Transmisión y Corrección del Manifiesto de Carga Internacional y Carta de Porte Internacional por Carretera.

Jul 05, 2024

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador recuerda a los Operadores de Comercio Exterior, el cumplimiento del procedimiento establecido en el documento denominado “SENAE-GOE-2-3-001 Guía de Operadores del Comercio Exterior para la Transmisión del Manifiesto de Carga Internacional (MCI), Carta de Porte Internacional por Carretera (CPIC) y Correcciones” , con respecto a las consideraciones que los Transportistas Terrestres deben tener al momento de la transmisión y corrección de datos de los manifiestos de carga terrestres.


Al enviar el Manifiesto de Carga Internacional – MCI y Carta de Porte Internacional por Carretera – CPIC, el Transportista responsable de la transmisión del documento electrónico, ya sea que éste se realice a través del software propio del Operador de Comercio Exterior o mediante el sistema informático Ecuapass, debe tener en cuenta que el campo “Tipo de Envío” identifica el tipo de transmisión que va a generar en el sistema, el cual puede ser:

Transmisión Inicial: Cuando la CPIC o MCI no se encuentra registrado aún en el sistema Ecuapass y se realiza el primer envío del documento electrónico para su registro inicial.
Retransmisión: Cuando la CPIC o MCI ya se encuentra registrado en el sistema Ecuapass y el documento electrónico se envía por segunda, tercera o más veces, bajo el mismo número de entrega, para realizar modificaciones a los datos.
Anulación: Cuando la CPIC o MCI ya se encuentra registrado en el sistema Ecuapass y el documento electrónico se envía bajo el mismo número de entrega, para su anulación.

Considerar que cuando el Transportista Terrestre requiera registrar un Manifiesto de Carga Internacional – MCI o la Carta de Porte Internacional por Carretera – CPIC a través del Portal del Ecuapass, debe ingresar al documento electrónico correspondiente y de forma automática el campo “Tipo de Envío” se presenta como TRANSMISIÓN INICIAL, luego el OCE procede a llenar los campos del formulario.


Mientras que, de requerir una Retransmisión a través del Portal del Ecuapass, debe utilizar el botón “Traer” que se encuentra en la parte inferior de los documentos electrónicos, seleccionar el envío inicial realizado bajo el mismo número de entrega y automáticamente el campo “Tipo de Envío” presenta el valor RETRANSMISIÓN.


Finalmente es necesario tener presente que culminados los plazos, la transmisión inicial, retransmisión (corrección) y anulación del Manifiesto de Carga Internacional y Carta de Porte Internacional por Carretera, serán sancionados de conformidad con el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y su Reglamento.


Particular que se comunica para los fines pertinentes.


POR SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DE ECUADOR



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